martes, 16 de marzo de 2010

ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO PARA PROTECCIÓN SOCIAL

Reunión en la FAM para la implementación de la libreta de salud y educación

Municipalidad de La Costa - El último lunes se llevó a cabo una reunión en la Federación Argentina de Municipios (FAM) en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con autoridades del ANSES para delinear las nuevas políticas a implementar en el marco de la Asignación Universal por hijo para Protección Social. En dicho encuentro participaron representantes del equipo técnico municipal de la Secretaría de Desarrollo Social.

El objetivo principal de la reunión fue trazar, planificar y comunicar la implementación, en todos los municipios de la libreta de salud y educación que deberán presentar todos aquellos que perciban la asignación universal para cobrar el importe total de la misma.

De esta manera, participaron representantes de todos los municipios de la provincia de Buenos Aires, entre los cuales concurrieron dos integrantes del equipo técnico de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de La Costa que llevan adelante y coordinan el programa. Asimismo, el encuentro fue presidido por autoridades del ANSES que expusieron la forma en que se desarrollará esta política inclusiva, que apunta de manera firme a preservar y fomentar dos derechos esenciales de los niños y adolescentes, la salud y la educación.

¿Qué es la Asignación Universal por Hijo para la Protección Social?

La Asignación Universal por hijo es una herramienta de inclusión social y un beneficio para todos aquellos grupos familiares que se encuentran en vulnerabilidad social, ya sea porque están desocupados o se desempeñan en el mercado informal de trabajo.

De este modo, recibirán un monto mensual de $180 por cada hijo menor de 18 años y de $ 720 para los hijos con discapacidad, deberán presentar de manera anual los controles sanitarios, planes de vacunación obligatorios y asistencia a establecimientos educativos públicos para la percepción del importe del veinte por ciento reservado durante los meses anteriores a la presentación de los controlas mencionados anteriormente.

Así, las condicionalidades detalladas tienen como objetivo principal generar incentivos para que los niños puedan recibir educación y salud para la superación de la reproducción intergeneracional de la pobreza.

¿Cómo se implementará la Libreta de Seguridad Social, Salud y Educación para el cumplimiento de las condicionalidades?

En este marco, a través de un trabajo mancomunado de los Ministerios de Educación y Salud de La Nación y las áreas correspondientes en cada municipio, cada adulto responsable y titular del beneficio recibirá por correo en su domicilio la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación por cada hijo menor de 18 años a su cargo e hijo con discapacidad. Dicha libreta deberá permanecer siempre en poder del titular del beneficio.

De esta manera, deberá completar la misma ante los organismos designados. Es decir, la acreditación de la educación del niño o adolescente, es decir el comienzo del ciclo lectivo deberá ser completada y certificada por el establecimiento educativo al cual concurren los menores.

Por otra parte, la acreditación en la libreta mencionada del requisito correspondiente a los controles de salud y el plan de vacunación obligatoria estará a cargo de los profesionales que se desempeñan en los hospitales municipales o Unidades Sanitarias del Partido de La Costa, y se realizará a todos los menores de seis hasta dieciocho años. Y para los niños menores de seis años la certificación de salud consistirá en la inscripción de los mismos en el “Plan Nacer”, a través del cual la información correspondiente a los controles será remitida periódicamente por el Ministerio de Salud al ANSES.

Luego, de cumplimentadas las condicionalidades de salud y educación deberán presentar la misma en las dependencias de ANSES, desde el primer día hábil de Enero hasta el último día hábil del mes de Marzo de cada año. Sin embargo, por este año 2010 la presentación de la libreta de efectuará desde el 1º de Marzo hasta el 30 de Junio.

Por otra parte, para los menores de 18 años que cobren la Asignación Universal por Discapacidad y acrediten la imposibilidad de asistir a establecimientos educativos mediante certificación médica deberán cumplir únicamente con los controles sanitarios y el plan de vacunación obligatorio.

Así, después de presentada la libreta correspondiente podrán acceder a cobrar el 20% de la Asignación Universal reservado durante los meses de enero y diciembre de cada año.

Es importante resaltar que el incumplimiento de los controles requeridos de salud y educación en tiempo y forma generará la suspensión del pago de la Asignación Universal.

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