miércoles, 14 de enero de 2009

Mar del Tuyu: Nueva oficina para tramitar las Licencias de Conducir

La oficina que otorga las Licencias de Conducir, dependiente de la Secretaría de Ordenamiento Urbano de la Municipalidad de La Costa, mudó su sede de tareas que funcionaba en el Palacio Municipal a la calle 79 esquina 4 de la localidad de Mar del Tuyú.

El objetivo de este traslado es optimizar el funcionamiento y agilizar las tramitaciones de licencias de conducir, en un lugar que permita y asegure una mejor atención al público.

De esta manera, la nueva sede cuenta con un amplio espacio de recepción y atención al público; y con un consultorio médico donde se realizan las correspondientes revisiones visuales.

En esta dependencia se realizan el otorgamiento de las licencias originales, renovaciones, duplicaciones y ampliaciones.

El horario de atención al público es de lunes a viernes de 8:30 a 14:30, mientras que los trámites son recepcionados hasta las 9:30.

Para mayor información los interesados pueden acercarse a la nueva sede ubicada en calle 79 esquina 4 de Mar del Tuyú o comunicarse telefónicamente al (02246) 43-4412

¿Quién puede obtener una Licencia de Conducir

Aquel que reúna los siguientes requisitos:

- Que sea mayor de 17 años de edad.

- Que sepa leer y escribir.

- Que cuente con documentación Argentina.

- Que conste en su documento de identidad 3 (tres) meses de residencia como mínimo en el Partido de La Costa.

¿Qué documentación personal es necesaria?

» Argentino

- LE. Libreta de Enrolamiento.

- LC. Libreta Cívica.

- DNI. Documento Nacional de Identidad.

Nota: En caso de no contar con ninguno de ellos se debe presentar constancia de inicio de trámite de DNI. con Partida de nacimiento y Certificado de domicilio expedido por Registro Civil.

» Extranjero

- DNI. Documento Nacional de Identidad.

- CI. Cédula de Identidad.

Nota: Si el documento que se presenta es una CI., debe agregarse certificado de domicilio expedido por Policía.

» Menor de edad – 17 a 21 años

Autorización del Padre y la Madre o Tutores expedido por Juez de Paz o Escribano Publico o Acta de Emancipación. Categorias a habilitar A-(moto h/50.cc.) , B-(auto y camioneta de h/ 750.kg.).-

» Menor de edad – 21 años

No pueden tener categoría Profesional.

» Menor de edad – 16 años

Sólo podrá obtener registro de ciclomotor de hasta 50 cc, sin acompañante.

¿Qué otros elementos son necesarios?

Para cualquiera de los trámites a realizar debe presentarse:

- Tres (3) Fotos actuales, de frente, 3 x 3 cm, sin anteojos.

- Grupo sanguíneo expedido por bioquímicos privados u hospitales.

- Tarjeta de donante del CUCAI (si desea que esta condición esté denunciada en su licencia).

- Vehículo

- Certificado de Antecedentes si es para categoría profesional.

¿Cuánto cuesta una licencia?

» Original : $ 20.- de Sellado Provincial + $85.- Sellado Municipal

» Ampliacion: $ 20.- de Sellado Provincial + $30.- Sellado Municipal

» Renovación y Duplicados: $ 30.- Sellado Provincial + $30.- Sellado Municipal

» Renovación para mayores de 70 años : $ 30.- Sellado Provincial + $20.- Sellado Municipal

» Certificados de legalidad para el exterior: $10.- Sellado Provincial + $7.- Sellado Municipal

¿Qué tipos de Licencia pueden obtenerse?

» Licencia Original:

Aquella que se otorga por primera vez a quién aspira a matricularse como conductor o la que se expide una vez pasado tres (3) meses del vencimiento de la anterior.

» Licencia Renovada:

La que es expedida para reemplazar a la que venció su plazo máximo de validez. La misma puede gestionarse un mes antes o 3 meses después de su vencimiento, lo cual no habilita a conducir.

En el caso de que la licencia a renovar perteneciese a otra jurisdicción dentro de la Pcia. de Buenos Aires, el interesado deberá previamente dar de baja la misma en el lugar en la que fue expedida, solicitando un "Certificado de Legalidad". Si no se da cumplimiento a este trámite NO PUEDE RENOVARSE LA LICENCIA.

La Licencia de Capital no se renueva ni se duplica dentro de la Ley Provincial.

» Licencia Duplicada:

La que por razones de destrucción o extravío se extiende para reemplazar dentro del plazo de validez. Es requisito indispensable, presentar denuncia de extravío extendida por Registro Civil.

» Licencia Ampliada:

La que se extiende cuando se desea cambiar de categoría.

- Menores de 17 a 21 años:

Solo podrán solicitar ampliación para la categoría subsiguiente a la vigente y luego de haber transcurrido dos años desde la obtención de la licencia original.

- Mayores de 21 años

- Para categoria Profesional deberá ser mayor de 19 años emancipado o casado.

» Licencia Reemplazada:

La que se extiende únicamente por cambio de jurisdicción. En este caso el interesado deberá previamente dar de baja su licencia vigente en el lugar en la que fue expedida, solicitando un Certificado de Legalidad. Si no se da cumplimiento a este trámite NO PUEDE REEMPLAZARSE LA LICENCIA.

Quien solicite alguna de las categorías siguientes:

- D (taxi - remis)

- D (transporte de pasajeros intercomunall)

- E (camión con acoplado y articulado)

- D (transporte de emergencias)

- Máquina especial no agrícola

Debe presentar el certificado de antecedentes, gestionándolo ante el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria, sito en CalleTucumán 1353 Cap. Fed. C.P. (1050).

¿Por cuántos años se otorga una licencia según la edad?

De 17 a 55 años: Licencia por 5 años

De 56 a 64 años: Licencia por 3 años

De 65 a 69 años: Licencia por 2 años

A partir de los 70 años: Licencia por 1 año

¿Qué exámenes deben realizarse?

Se deberá rendir examen teórico y práctico, este último con vehículo que tenga verificación técnica vehicular vigente, y comprobantes de pago de seguro.

Los valores anteriormente expresados pueden estar sujetos a Modificaciones

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